SANTO DOMINGO.- El jurista argentino Martín D. Haissiner sostuvo que, una vez vencido el plazo máximo establecido por la ley para un proceso penal sin que exista una decisión firme, corresponde extinguir la acción y cerrar definitivamente la causa.
El planteamiento fue realizado durante su participación en el VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional, celebrado en Santo Domingo, donde presentó la conferencia titulada “La rebeldía del tiempo: sobre la dificultad para regular la duración máxima del proceso penal”.
Haissiner, abogado por la Universidad de Buenos Aires, y magíster y doctor en Derecho por la Universidad de Yale, explicó que el plazo máximo de duración del proceso y la garantía del plazo razonable están relacionados, pero cumplen funciones jurídicas diferentes.
Según expuso, el plazo máximo debe operar como un límite “previo, preciso y categórico” al ejercicio del poder penal, mientras que el plazo razonable puede permitir la terminación de un proceso antes de alcanzar ese límite cuando su duración resulte injustificada.
El jurista sostuvo además que el tiempo transcurrido durante un proceso penal es irreversible, debido a que una persona sometida a una persecución penal durante un período superior al permitido ya ha soportado las consecuencias de esa demora.
Haissiner también vinculó la duración máxima del proceso con la presunción de inocencia, al señalar que durante el período establecido por la ley el Estado dispone de la oportunidad para demostrar, mediante una decisión sustentada en pruebas, la responsabilidad penal de una persona.
En ese sentido, afirmó que si el plazo máximo concluye sin una decisión firme, la persecución penal debe clausurarse definitivamente.
Al resumir su posición, el jurista planteó que el plazo razonable puede servir para poner fin anticipadamente a un proceso, pero no para extenderlo más allá del límite máximo establecido por la legislación.
Énfasis en el debido proceso
Las consideraciones de Haissiner coincidieron con el énfasis colocado en las garantías procesales durante la apertura del Congreso por el presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón R. Estévez Lavandier.
El magistrado sostuvo que la defensa de las garantías procesales no equivale a favorecer la impunidad y afirmó que toda persona sometida a una investigación o acusación penal conserva sus derechos constitucionales, independientemente de la gravedad de los hechos que se le atribuyan.
Estévez Lavandier señaló que la persecución del delito, la seguridad ciudadana y la eficacia de la justicia son objetivos necesarios, pero sostuvo que deben alcanzarse dentro del respeto a los principios fundamentales del Estado constitucional.
El VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional reunió a especialistas para abordar distintos desafíos relacionados con el derecho, la justicia constitucional y la protección de las garantías fundamentales.
